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Vivienda fija para los hijos / la pareja quincenalmente

Última respuesta: 30 de agosto de 2014 a las 13:09
V
victor_7067775
28/8/14 a las 13:56

Buenos dias desde Catalunya. He oido algun comentario sobre este tipo de custodia / divorcio pero desconozco realmente su funcionamiento. Agradeceria comentarios y aclaraciones sobre este sistema.

Ver también

A
aynoha_5143228
29/8/14 a las 22:12

Asesoramiento jurídico
Efectivamente, este régimen que indica implica que los hijos menores son los que siempre permanecen viviendo en la casa familiar, mientras que son los padres los que, por los periodos que se determinen, va turnándose en el uso de dicha vivienda.
Se hace de esta manera para que los hijos sufran los menos cambios posibles tras la ruptura de la relación de sus progenitores, de manera que no cambie su entorno.
En mi opinión profesional, es un buen régimen, porque evita el desagradable fenómeno de los llamados "niños maleta", hay muchas menos posibilidades de incumplimientos que con un régimen de visitas "ordinario", la relación con ambos progenitores está más garantizada y equilibrada, entre otras cosas.
No obstante, es necesario contar con cierto nivel de ingresos, dado que, en la práctica, suele implicar el mantenimiento de 3 viviendas (salvo que los padres se lleven tan extraordinariamente bien que sean capaces ambos de compartir también una vivienda, o vayan a estar residiendo en casa de sus respectivos padres, por ejemplo).
Por lo general, cada progenitor se hará cargo de los gastos de los menores durante los periodos que les toque estar con ellos, por lo que no habría pensión alimenticia propiamente dicha, salvo casos en los que haya un notable desequilibrio entre los ingresos del padre y de la madre.

Quedo a su disposición para mayor asesoramiento.
Saludos cordiales.

V
victor_7067775
30/8/14 a las 10:04
En respuesta a aynoha_5143228

Asesoramiento jurídico
Efectivamente, este régimen que indica implica que los hijos menores son los que siempre permanecen viviendo en la casa familiar, mientras que son los padres los que, por los periodos que se determinen, va turnándose en el uso de dicha vivienda.
Se hace de esta manera para que los hijos sufran los menos cambios posibles tras la ruptura de la relación de sus progenitores, de manera que no cambie su entorno.
En mi opinión profesional, es un buen régimen, porque evita el desagradable fenómeno de los llamados "niños maleta", hay muchas menos posibilidades de incumplimientos que con un régimen de visitas "ordinario", la relación con ambos progenitores está más garantizada y equilibrada, entre otras cosas.
No obstante, es necesario contar con cierto nivel de ingresos, dado que, en la práctica, suele implicar el mantenimiento de 3 viviendas (salvo que los padres se lleven tan extraordinariamente bien que sean capaces ambos de compartir también una vivienda, o vayan a estar residiendo en casa de sus respectivos padres, por ejemplo).
Por lo general, cada progenitor se hará cargo de los gastos de los menores durante los periodos que les toque estar con ellos, por lo que no habría pensión alimenticia propiamente dicha, salvo casos en los que haya un notable desequilibrio entre los ingresos del padre y de la madre.

Quedo a su disposición para mayor asesoramiento.
Saludos cordiales.

Gastos de la vivienda?
Gracias por su información, supongo que todos los pagos referentes a la vivienda propiamente deberian ser bastante equitativos pues aún habiendo diferencia en los ingresos (en este caso son similares)el "uso" por parte de las 2 personas es el mismo, no veo el motivo en que el hombre debiese pasar una cantidad a la mujer, como es habitual..
Saludos.

A
aynoha_5143228
30/8/14 a las 13:09
En respuesta a victor_7067775

Gastos de la vivienda?
Gracias por su información, supongo que todos los pagos referentes a la vivienda propiamente deberian ser bastante equitativos pues aún habiendo diferencia en los ingresos (en este caso son similares)el "uso" por parte de las 2 personas es el mismo, no veo el motivo en que el hombre debiese pasar una cantidad a la mujer, como es habitual..
Saludos.

Gastos al 50%
Efectivamente, si los ingresos de ambos progenitores son similares, lo usual será que los gastos relativos al uso de la vivienda sean asumidos al 50%.
Al tener ambos ingresos similares, en su caso, puede ser que el régimen de custodia compartida con uso alterno del domicilio familiar sea factible y, además la opción más recomendable. Sólo falta que la otra parte también esté conforme, que espero que así sea, por el bien de los menores.
Saludos.

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