Interesante aportación
Meramente teórica....pero interesante.
Actualmente, para que un juez conceda la custodia compartida han de estar deacuerdo ambos cónyuges ( una manera políticamente correcta de decir que quien ha de estar deacuerdo para dejar a sus hijos es la madre)..junto con un informe favorable delministerio fiscal ( que, en casos donde los dos están deacuerdo, informa en contra).
Asi pues,,,,si el divorcio es contencioso...de custodia compartida nada de nada.
En cataluña la generalitat está contemplando hacer una ley en la q se reconozca la custodia compartida incluso sin el consentimiento de la madre...cosa que efectivamente situaria esta modalidad como una opción de futuro.
A mi juicio, la situación contractual derivada del matrimonio hoy en dia supone un desequilibrio fundamental en caso de ruptura del contrato....en caso de que haya hijos, naturalmente. En caso contrario, dada la duración media de lso matrimonios, y dado el hecho de la incorporacion de la muejr al mundo laboral, el pago de pensiones compensatorias se ha reducido mucho,,,con razon.
Respecto a la reproduccion asistida....la situación de desigualdad en España es también patente.
Existen los bancos de esperma, y sin embargo están prohibidas las madres de alquiler. Y varones que han utilizado este sistema para poder tener hijos, han tenido que hacerlo en Estados Unidos..con un coste enorme ( los tratamientos de fertilidad están sufragados por la seguridad social), y sin ningun reconocimiento jurídico por parte de las autoridades españolas ( los cónsules deniegan la inscripción en el registro civil por ausencia del n ombre de la madre).
El derecho es el arte de lo bueno y de lo justo, y cuando una ley es injusta,,,,o se modifica, o la sociedad que surge producto de esta está condenada a perecer.