Divorcio
Una vez que has sido notificada, aunque la carta no obre todavía en tu poder, pero ha sido firmado el acuse de recibo por tu familiar, el Juez te da por notificada y los 20 días empiezan a contar a partir de la fecha de recepción de la carta sin contar los festivos.
Por supuesto que tienes que contratar los servicios de un Abogado y un Procurador que te representen y te defiendan, máxime siendo contencioso, pero aunque fuera de mutuo acuerdo se necesita siempre la asistencia técnica de los profesionales de la Abogacía.
No dices en que ciudad resides por si te pudiera prestar ayuda, y sí ó sí tienes que comparecer, de lo contrario el Juez te declarará en REBELDÍA.
Saludos cordiales
cgp1914@gmail.com